miércoles, 4 de diciembre de 2013

LA SOCIEDAD CIVIL CRISTIANA: Mons. PEDRO SCHUMACHER – CAPITULO CUARTO: DE LA LIBERTAD CRISTIANA Y DEL LIBERALISMO


LA SOCIEDAD CIVIL CRISTIANA


SEGÚN LA DOCTRINA DE LA IGLESIA ROMANA                                                                                           Texto de enseñanza moral para la juventud                                                                                                        Ilmo. Sr. Dr. PEDRO SCHUMACHER                                                                                                                   Obispo de Portoviejo                                                                                                                                            CAPITULO CUARTO
DE LA LIBERTAD CRISTIANA Y DEL LIBERALISMO
1. ¿Qué es libertad?  La libertad se puede entender de dos maneras: a saber, como la potencia del alma que llamamos voluntad, o como un derecho de escoger lo que nos plazca.
2. ¿En qué sentido goza el hombre de libertad?  El hombre es libre en el sentido de que Dios deja a su voluntad elegir el bien o el mal; pero no tiene libertad en el sentido de que tenga derecho para hacer lo que es malo; pues Dios se lo prohíbe y le castiga si lo hace.

3. ¿Cómo se define por consiguiente la libertad?  Santo Tomás la explica diciendo que es “la facultad de escoger los medios necesarios para llegar a nuestro fin sin desviarnos de él”. Esto es el derecho de hacer el bien que nos conduce a Dios. (“Facultas electiva mediorum, servato ordine finis.” I, q. 62, a. 8; q. 83, a. 4).
4. ¿Cuál es por consiguiente la libertad propia y verdadera?  Libertad verdadera y propia hay, cuando el hombre, a imitación de Dios, quien no puede querer sino lo bueno, tiene su voluntad expedita para escoger lo que es justo y bueno.
Para comprender esto mejor, conviene comparar entre sí las dos potencias del alma, que son entendimiento y voluntad.
Objeto propio del entendimiento es conocer la verdad; objeto propio de la voluntad es querer lo bueno. Pues bien, así como el entendimiento es tanto más perfecto, cuanto menos se halla expuesto al error o engaño, y conoce con toda certeza la verdad, y al contrario es flaco e imperfecto cuando es asequible al engaño; del mismo modo la voluntad, cuando está firme en el bien, esto es en la ley de Dios, y no se deja arrastrar por la maldad, es buena y perfecta; pero muy al contrario, cuando es inconstante en el bien y se deja llevar de deseos malos, es imperfecta.
La violencia de las pasiones y la mala costumbre cautivan en cierto modo la voluntad y la dejan sin fuerza para el bien. El hombre dado a la embriaguez o a los deleites desordenados de la carne, conoce muchas veces su triste cautiverio y quisiera salir de él, pero se halla atado y esclavizado con las cadenas de la mala costumbre. Por esto dijo Jesucristo: “En verdad, en verdad os digo, que todo aquel que comete pecado, es esclavo del pecado.” (S. Juan 8, 34) Y como el Hijo de Dios ha venido para librarnos del pecado, Él solo puede darnos verdadera libertad y por esto añade: “Si el Hijo os da libertad, seréis verdaderamente libres.”
Los medios para conseguir esta verdadera libertad de los hijos de Dios no los hallaremos en las máximas del mundo, sino en la doctrina de Jesucristo: “Si perseverareis en mi doctrina, dijo Jesucristo, conoceréis la verdad; y la verdad os hará libres.” (S. Juan 8, 31. 32)
5. ¿Cómo entiende el liberalismo la libertad?  El liberalismo proclama la “Moral independiente” y pretende que el hombre debe vivir sin sujetarse a la ley de Dios en la vida privada, en la familia, en el gobierno político y sostiene que cada uno tiene derecho de pensar, enseñar y publicar lo que quiere.
El liberalismo, negando a Dios los derechos que tiene sobre su criatura, quiere establecer un derecho nuevo, según el cual todo ha de ser ateo, esto es, sin Dios, a saber:
1º Gobierno ateo o sin Dios.
2º Conciencia sin Dios.
3º Libertad de culto o religión,
4º Enseñanza y escuelas sin Dios.
5º Imprenta sin Dios o Libertad de imprenta.
6° Matrimonio ateo o civil.
6. ¿Quién es el autor de estas doctrinas del liberalismo?  El mismo Lucifer, que se alzó contra Dios, es el autor y maestro de todas esas falsas libertades, como nos lo advierte el supremo Pastor de la Iglesia con las palabras siguientes: “Los que tomando nombre de libertad, se llaman a sí mismos liberales, son imitadores de Lucifer, cuyo es aquel nefando grito; ¡No serviré!”
CAPÍTULO QUINTO                                                                                                                                             DE LA CONCIENCIA: CONCIENCIA CRISTIANA Y CONCIENCIA ATEA o LIBERAL
1. ¿Qué es conciencia? Conciencia es aquella voz interior que dirige nuestras acciones, mandándonos que procuremos el bien y huyamos del mal en nuestros actos.
La conciencia es un dictamen del entendimiento que nos obliga a hacer u omitir una acción, según sea buena o mala (Billuart).
2. ¿Qué prueba esta conciencia o voz interior? La conciencia prueba que existe un Dios que sujeta al hombre y lo dirige por la ley natural; porque el hombre nunca puede ahogar completamente la voz de su conciencia, lo que prueba que tiene sobre sí un juez a quien no puede recusar.
3. ¿Qué otros nombres toma la conciencia en el lenguaje común de la vida? La conciencia se llama también “convicción”, o “buena fe”, porque la conciencia, propiamente hablando, es un juicio cierto, por el cual creemos firmemente y sin vacilar, que es bueno o malo lo que vamos a hacer.
La duda es un juicio vacilante, pero no es conciencia o convicción.
4. ¿De qué manera forma la conciencia sus juicios y dictámenes?   La conciencia dicta sus órdenes, fundándose en los principios de moralidad que Dios ha impreso en la razón del hombre, hecho a su imagen y semejanza.
Así por ejemplo: si veo a un hombre enfermo o necesitado, mi conciencia, fundándose en esta máxima general: “Haz a otro lo que quisieres te hagan a ti”, saca por conclusión que debo asistir a mi hermano.
5. ¿Puede la conciencia estar errada o equivocada?   La conciencia puede estar equivocada y esto sucede en dos casos; a saber:
1º Cuando ignoramos algún hecho o circunstancia que es necesario saber para poder formar un juicio cierto.
2º Cuando erramos en los principios mismos en que se funda el juicio.
Lo primero sucede por ignorancia propiamente dicha, como en el ejemplo siguiente: Creo deber una suma de dinero, ignorando que ya fue pagada por mí; estoy pues equivocado por ignorancia. Esta ignorancia puede ser inculpable o voluntaria, y por consiguiente culpable, como sucede cuando no se quiere tomar conocimiento de la verdad o del deber.
El segundo caso se presenta en el ejemplo siguiente: Un dependiente de comercio vende artículos deteriorados por el precio ordinario, en virtud del mandato de su patrón o jefe, y se creerá justificado por este mandato. Dicho dependiente se funda en un principio falso, juzgando que le es lícito ejecutar un mandato injusto.
6. Pero si, como hemos dicho, la conciencia es una voz interior, por la cual nos habla y dirige Dios, ¿cómo es posible admitir que pueda estar equivocada?  La conciencia, en cuanto es voz y mando de Dios en nuestro interior, se entiende solamente de los principios y preceptos generales de moralidad, pero no de su explicación y aplicación a los casos particulares.
El hombre puede errar en esto por ignorancia culpable o inculpable, como hemos visto en la pregunta anterior.
7. ¿No puede la conciencia errar entonces en cuanto a los principios generales de moralidad?  Esto es imposible, mientras el hombre tenga uso de su razón, porque la misma razón moral que todo hombre tiene, consiste en estos principios que son los del decálogo.
8. ¿Se sigue de aquí que no puede haber buena fe en el que negase los principios generales de la moral?No por cierto; así es que si alguno dijese que es lícito jurar falso, hurtar y mentir, se le debería tener por criminal o por loco.
Estas explicaciones son indispensables para comprender las cuestiones siguientes, sobre lo que llaman“Libertad de conciencia”.
I. De la libertad de conciencia
1. ¿Es alguna vez permitido obrar contra la conciencia? No es permitido jamás hacer lo que la conciencia nos hace ver como acción mala, porque, de lo contrario, sería permitido tener la intención o voluntad de quebrantar la ley de Dios. También es pecado dejar de hacer lo que la conciencia nos representa como un deber nuestro, en la suposición de que esta conciencia sea verdadera conciencia, ordenando con certeza y claridad, sin duda, tergiversación o pasión.
2. ¿Se nos puede obligar a lo que es contrario a nuestra conciencia? Como, según dijimos, obrar contra la conciencia es pecado, y como nadie puede obligarnos al pecado, es claro que nunca es permitido violentar la conciencia de otros. En este sentido dice el apóstol San Pablo: Todo lo que no es conforme a la conciencia es pecado = todo lo que no procede de la buena fe es pecado (Rom. 14, 23).
3. ¿Y se nos puede exigir que obremos según el dictamen de nuestra conciencia? Lo pueden los que tienen autoridad sobre nosotros, pues de esta manera nos mueven a cumplir con nuestro deber. Así puede obligar un padre a sus hijos a que lo asistan, pues su propia conciencia pide esto; el gobierno puede exigir el pago de los impuestos legales; por la misma razón nos obliga la Iglesia a que observemos sus leyes, pues siendo católicos, nuestra propia conciencia nos dice que debemos obedecerlas.
4. ¿Cómo se llama esta teoría de la conciencia? Se llama libertad de conciencia en el sentido de la Iglesia, por la cual se establecen los tres principios siguientes:
1º La conciencia depende de Dios, que es la suprema regla de lo justo y bueno.
2º Nadie puede ser obligado a obrar contra el dictamen evidente de su conciencia.
3º La autoridad puede obligarnos a cumplir con los deberes de conciencia en todas las cosas que pertenecen a su jurisdicción o mando.
5. ¿Qué entiende el liberalismo por conciencia?  La conciencia, en el sentir de los liberales, es cosa muy distinta de lo que nosotros los católicos entendemos: según ellos la conciencia no sería más que la razón libre e independiente de Dios, con la cual forman su “Moral independiente”, o “Conciencia libre”. Oigamos sobre esto al Sumo Pontífice:
“Lo principal de todo el naturalismo es la soberanía de la razón humana que, negando a la divina y eterna la obediencia debida, y declarándose a sí misma independiente, se hace a sí propia sumo principio, y fuente, y juez de la verdad. Así también esos sectarios del liberalismo de que hablamos, pretenden que en el ejercicio de la vida, ninguna potestad divina hay a que obedecer, sino que cada uno es ley para sí; de donde nace esa moral que llaman independiente, que apartando la voluntad, bajo el pretexto de libertad, de la observancia de los preceptos divinos, suele conceder al hombre una licencia sin límites.” (Enc. Libertas).
6. ¿Merece nombre de conciencia esta moral independiente del liberalismo? De ninguna manera; pues la conciencia debe ser un juicio cierto, una convicción íntima del alma, pero fuera de Dios no hay regla fija para juzgar de la bondad o maldad de las acciones humanas, todo queda incierto y abandonado al capricho de cada uno.
“Un Dios que ha creado el mundo y le gobierna con su providencia; una ley eterna cuyas prescripciones mandan respetar el orden de la naturaleza y prohíben turbarle; un fin último, puesto para el alma en región superior a las cosas humanas, y más allá de esta posada terrestre: he aquí las fuentes, los principios de toda justicia y honestidad. Hacedlas desaparecer (esa es la pretensión de los naturalistas y francmasones), y será imposible saber en qué consiste la ciencia de lo justo y de lo injusto, ni en qué se apoya.
Cuanto a la moral, la única cosa que ha encontrado gracia ante los miembros de la secta masónica, en la cual quieren que la juventud se instruya con cuidado, es lo que ellos llaman moral cívica, moral independiente, moral libre, en otros términos, moral que no deja lugar ninguno a las ideas religiosas.” (Enc. Humanum genus).
“Es, además, esta doctrina perniciosísima, no menos a las naciones que a los particulares. Y en efecto, dejado el juicio de lo bueno y verdadero a la razón humana sola y única, desaparece la distinción propia del bien y el mal; lo torpe y lo honesto no se diferenciarán en la realidad, sino en la opinión y juicio de cada uno; será lícito cuanto agrade, y establecida una moral sin fuerza casi para contener y calmar los perturbados movimientos del alma, quedará naturalmente patente la entrada a toda corrupción.” (Enc. Libertas).
II. Libertad de culto en el sentido católico
1. ¿Qué es culto divino? Culto divino es la adoración que ofrecemos a Dios como a nuestro supremo Señor.
2. ¿De cuántas maneras se ofrece este culto a Dios? De dos maneras: privada y públicamente; fray culto privado y culto público. El culto privado también puede ser interior solamente, o exterior.
3. ¿Debemos ofrecer a Dios estas diversas maneras de adoración? Es nuestro deber ofrecer a Dios culto interior, exterior y público: el culto interior es debido a Dios porque Jesucristo nos dice: “Debemos adorar en espíritu y verdad” (S. Juan 4, 24). Debemos ofrecer culto exterior, porque todo nuestro ser, en lo corporal como en lo espiritual, debe reconocer el supremo dominio de Dios.
Finalmente hay obligación de presentar a Dios un culto público a nombre de toda la sociedad, porque Dios es el Autor y Señor de la sociedad civil.
4. ¿Cuál es el culto legítimo y la religión verdadera? La religión verdadera es, evidentemente, la que fue instituida por el Hijo de Dios, Jesucristo Nuestro Señor. “Y si se indaga, ya que hay varias religiones disidentes entre sí, cuál ha de seguirse entre todas, responden a una la razón y la naturaleza: la que Dios haya mandado y puedan fácilmente conocer los hombres por ciertas notas exteriores con que quiso distinguirla la Divina Providencia para evitar un error, al cual, en cosa de tamaña importancia, había de seguirse suma ruina.” (Enc. Libertas).
5. ¿En dónde se halla esta religión que Jesucristo ensenó? En la Iglesia Católica; pues Jesús habló de esta manera a sus apóstoles: — “Id y enseñad a todos los pueblos”(S. Mat. 28, 19.) — “El que oye a vosotros me oye a mí.” (S. Luc. 10, 16.) — “He aquí que estoy con vosotros todos los días hasta la consumación de los siglos.” (S. Mat. 28, 20.)
Por estas palabras se ve claramente que Jesucristo estableció su Iglesia por medio de los Apóstoles, y prometió estar con Ella, sin abandonarla jamás; pero sola la Iglesia Católica viene desde los Apóstoles, mientras que todas las sectas han comenzado después.
En otras palabras: la Iglesia verdadera es aquella con la cual Jesucristo quiere estar hasta la consumación de los siglos; mas, esta promesa fue hecha sólo a los Apóstoles; luego aquella Iglesia es la verdadera que viene desde los Apóstoles. Pero sola la Iglesia Católica sube hasta los Apóstoles; luego Ella es la verdadera.
6. ¿Debe haber plena libertad para ofrecer a Dios este culto verdadero y legitimo?  Como este culto es mandado y ordenado por la voluntad de Dios, claro está que ningún poder humano tiene el derecho de impedirlo; el culto católico es libre e independiente.
7. ¿Fuera del culto verdadero, puede acaso haber otro que sea legitimo? Todos los demás cultos y religiones son necesariamente falsos, por cuanto están en oposición con la religión verdadera, pues la verdad es una sola.
8. ¿Son los cultos disidentes igualmente falsos en todas sus enseñanzas y prácticas? No todo es falso en los cultos disidentes; pues pueden tener ciertos puntos conformes a la razón, y otros que hayan tomado de la religión Católica; pero no poseen toda la verdad sino parte, que han mezclado con sus errores.
Libertad de “cultos” como la pide el liberalismo
1. ¿Qué entiende el liberalismo por “libertad de cultos”Por libertad de cultos entiende el liberalismo que se debe conceder libertad y derecho igual a todas las religiones, a las falsas como a la verdadera.
2. ¿Se puede admitir esto, a saber, que las religiones falsas tengan los mismos derechos que la verdadera?Es absurda esta pretensión, porque sería igualar el error con la verdad, con daño de ésta.
3. ¿Cómo se explica aquella doctrina de la teoría liberal?  Se explica fácilmente, cuando se considera el principio fundamental del liberalismo, que es negar los derechos que Dios tiene sobre el hombre, declarando que el hombre es absolutamente libre; que, por consiguiente, puede dar a Dios el culto que quiere o también no darle ningún culto.
“Para que mejor se vea todo esto, bueno será considerar una por una esas varias conquistas de la libertad, que se dicen logradas en nuestros tiempos. Sea la primera, considerada en los particulares, la que llamanlibertad de cultos, en tan gran manera contraria a la virtud de la religión. Su fundamento es estar del todo en mano de cada uno el profesar la religión que más le acomode o no profesar ninguna. Pero, muy al contrario, entre todas las obligaciones del hombre, la mayor y más santa es, sin sombra de duda, la que nos manda adorar a Dios pía y religiosamente. Dedúcese esto necesariamente de estar nosotros de continuo en poder de Dios, y ser por su voluntad y providencia gobernados, y tener en Él nuestro origen, y haber de tornar a Él.
Considerada en el Estado la misma libertad, pide que éste no tribute a Dios culto alguno público, por no haber razón que lo justifique; que ningún culto sea preferido a los otros, y que todos ellos tengan igual derecho, sin respeto ninguno al pueblo, dado caso que éste haga profesión de católico. Para que todo esto fuera justo, habría de ser verdad que la sociedad civil no tiene para con Dios obligaciones algunas, o puede infringirlas impunemente; pero no es menos falso lo uno que lo otro. No puede, en efecto, dudarse que la sociedad establecida entre los hombres, ya se mire a sus partes, ya a su forma, que es la autoridad, ya a su causa, ya a la gran copia de utilidades que acarrea, existe por voluntad de Dios. Dios es quien crió al hombre para vivir en sociedad y le puso entre sus semejantes para que las exigencias naturales que él no pudiera satisfacer solo, las viera cumplidas en la sociedad. Así es que la sociedad, por serlo, ha de reconocer como padre y autor a Dios, y reverenciar y adorar su poder y su dominio. Veda, pues, la justicia y védalo también la razón, que el Estado sea ateo, o, lo que viene a caer en el ateísmo, que se haga de igual modo con respecto a las varias que llaman religiones, y conceda a todas promiscuamente iguales derechos.” (Enc. Libertas).
4. ¿Qué se enseña en la Iglesia Católica sobre la libertad de culto? Los católicos distinguen entre “libertad de culto” y “tolerancia de culto”, y enseñan en seguida, que la libertad de culto se entiende sola y exclusivamente de la religión verdadera; pero cuando la prudencia y la caridad lo exigen, debemos usar de tolerancia con los que viven en alguna religión falsa.
5. Pero como cada religión pretende ser la verdadera ¿no podrá cada una reclamar la libertad para sí? Fácil es conocer la verdadera, siguiendo la sana razón, la cual nos dice en primer lugar que la religión verdadera es únicamente aquella que el mismo Dios enseña; en segundo lugar, que esta religión enseñada por Jesucristo, fue encomendada a los Apóstoles y que el Hijo de Dios prometió estar con ellos hasta el fin de los siglos; en tercer lugar, que sólo la Iglesia Católica viene de los Apóstoles, habiendo las demás tenido otros fundadores.
De esta manera es fácil saber cuál es la única religión verdadera.
“Siendo, pues, necesario al Estado profesar una religión, ha de profesar la única verdadera, la cual sin dificultad se conoce, singularmente en los pueblos católicos, puesto que en ella aparecen como sellados los caracteres de la verdad. Esta religión es, pues, la que han de conservar los que gobiernan; ésta la que han de proteger, si quieren, como deben, atender con prudencia y útilmente a la comunidad de los ciudadanos.
La autoridad pública está, en efecto, constituida para la felicidad de sus súbditos; y aunque próximamente mira a proporcionarles la prosperidad de esta vida terrena, con todo, no debe disminuirles, sino aumentarles la facilidad de conseguir aquel sumo y último bien, en que está la sempiterna bienaventuranza del hombre, y a que no puede llegarse por el descuido de la religión.” (Enc. Libertas).
6. ¿Debe haber la misma libertad para el culto o la religión verdadera y los cultos falsos?  No, ciertamente; sólo la verdad tiene el derecho de extenderse libremente; el error como tal, no tiene título ni derecho para establecerse y propagarse.
7. ¿Cuál es, por consiguiente, el culto que debe ejercerse con plena libertad?  El culto católico, porque es el único verdadero y legítimo.
Pero puede haber motivos y razones para tolerar con paciencia y prudencia las religiones falsas; mas esto no es concederles libertad, sino tolerancia, de la cual tratamos en seguida.
III. De la tolerancia de cultos
1. ¿Qué se entiende en general por tolerancia? Por tolerancia se entiende la paciencia con que llevamos un mal que no podemos remediar, y que conviene soportar para evitar males mayores.
3. ¿Qué diferencia existe entre libertad y la tolerancia? Existe una diferencia muy grande entre conceder libertad o tolerancia. La libertad es para el bien, porque es un derecho para hacer lo que es bueno. No sucede lo mismo, cuando se tolera; pues la tolerancia es para el mal, cuando la prudencia unida con la caridad aconsejan sufrir con paciencia un mal, cuyo remedio exige tiempo.
La libertad es para lo bueno, para el mal es la tolerancia.
Así se tolera la cizaña para no arrancar con ella el trigo.
3. ¿Qué se debe conceder a los cultos falsos: libertad o tolerancia? Como los cultos falsos están en oposición con la religión verdadera, se hallan necesariamente en el error; mas, el error es un mal; pero la libertad no se debe conceder al error ni a lo que es malo; luego los cultos falsos no tienen derecho a la libertad.
4. ¿Qué conducta debe observar la autoridad pública respecto de los cultos falsos y sus propagadores? Los debe prohibir la autoridad, o concederles tolerancia, según las diversas circunstancias.
5. ¿Cuándo debe la autoridad impedir y prohibir un culto falso? Para satisfacer y contestar claramente esta pregunta es necesario recordar que un culto puede ser falso de dos maneras: o porque se opone a los principios primeros y elementales de la razón, o porque está en oposición con los misterios revelados que la razón por sí sola no alcanza.
Respecto de los que atacan los primeros principios de la razón, no se les debe conceder libertad ni tolerancia porque son criminales, sin buena fe ni conciencia.
Respecto de los que niegan algún misterio de la revelación, tiene lugar la tolerancia en la manera que iremos indicando.
Conviene explicar esta distinción con ejemplos que harán evidente la razón de esta diferencia que hay entre los que niegan los primeros principios de la razón y los que rechazan alguna verdad revelada.
Existen todavía ciertos pueblos en el África que ofrecen sacrificios humanos, particularmente en honor de los difuntos; pues bien, ningún gobierno debe permitir esta abominable práctica, ni admitir buena fe en ella, porque la misma razón natural la condena.
Asimismo, entre los muchos errores modernos, hay algunos que se oponen con toda evidencia a la razón humana, como por ejemplo el principio liberal de que cada uno puede expresar libremente sus pensamientos. La razón dice evidentemente que es contra el orden y la justicia expresar pensamientos deshonestos o injuriosos al prójimo, o mentirosos.
Ninguna autoridad espiritual o política puede tolerar la enseñanza y aplicación de tan absurdo principio; debe perseguir y castigar como a hombres de mala fe a los que, apoyados en semejante teoría, calumnien y turben la paz pública o privada.
No sucede lo mismo en aquellos que ignoran o rechazan algún misterio de la divina revelación; pues, como estos misterios son superiores a la simple razón natural, no es culpable el que los ignora por falta de la necesaria instrucción.
Así es excusable el pagano, a quien el misterio de la Santísima Trinidad nunca fue enseñado; asimismo será excusable el hijo de padres protestantes, que nació y vive en el error respecto del Santísimo Sacramento, sin culpa propia.
6. ¿Cuándo debe la autoridad perseguir a los autores de un culto falso? Sólo es permitido perseguir y castigar a los culpables; de aquí se sigue que la autoridad puede perseguir a los autores de cultos falsos en dos cosas:
1º Cuando pervierten las ideas fundamentales del orden natural.
2º Cuando, siendo hijos de la Iglesia católica, niegan los misterios revelados, porque son en este caso evidentemente culpables, pues su razón y conciencia les dicen que, como miembros de la Iglesia, deben obedecerle.
7. ¿Cuándo debe la autoridad tolerar un culto falso? La autoridad debe usar de la tolerancia para los cultos falsos en los casos siguientes:
1º En lo que no se opone a la sana razón o ley natural.
2º Cuando sus adeptos han nacido en el error, y pueden por consiguiente ser considerados como sin culpa y de buena fe.
3º Cuando no tratan de combatir a la religión verdadera, y propagar sus errores entre los católicos, pues esto es un mal que la autoridad debe impedir.
“La Iglesia se hace cargo maternalmente del gran peso de la humana flaqueza y no ignora el curso de los ánimos y de los sucesos, por donde va pasando nuestro siglo. Por esta causa, y sin conceder el menor derecho sino sólo a lo verdadero y justo, no rehúye que la autoridad pública soporte algunas cosas ajenas de verdad y justicia, con motivo de evitar un mal mayor o de adquirir y conservar mayor bien. Aun el mismo providentísimo Dios, con ser de infinita bondad y todopoderoso, permite que haya males en el mundo, parte para que no se impidan mayores bienes, parte para que no se sigan mayores males. Justo es imitar en el gobierno de la sociedad al que gobierna al mundo; y aun por lo mismo que la autoridad humana no puede impedir todos los males, debe conceder y dejar impunes muchas cosas que han de ser, sin embargo, castigadas por la Divina Procidencia, y con justicia.
Pero en tales circunstancias, si por causa del bien común, y sólo por ella, puede y aun debe la ley humana tolerar el mal, no puede, sin embargo, ni debe aprobarlo ni quererlo en sí mismo; porque como el mal en sí mismo es privación de bien, repugna al bien común, que debe querer el legislador y defenderlo cuanto mejor pueda.
También en esto debe la ley humana proponerse imitar a Dios que, al permitir que haya males en el mundo,ni quiere que los males se hagan, ni quiere que no se hagan, sino quiere permitir que los haya, lo cual es bueno, sentencia del Doctor Angélico, que brevísimamente encierra toda la doctrina de la tolerancia de los males.
Pero ha de confesarse, para juzgar con acierto, que cuanto es mayor el mal que ha de tolerarse en la sociedad, otro tanto dista del mejor este género de sociedad; y además, como la tolerancia de los males es cosa tocante a la prudencia política, ha de estrecharse absolutamente a los límites que pide la causa de esa tolerancia, esto es, al público bienestar. De modo que si daña a este y ocasiona mayores males a la sociedad, es consiguiente que ya no es lícita, por faltar en tales circunstancias la razón del bien.
Pero si por las circunstancias particulares de un Estado acaece, no reclamar la Iglesia contra alguna de estas libertades modernas, no porque las prefiera en sí mismas, sino porque juzga conveniente que se permitan; mejorados los tiempos haría uso de su libertad, y persuadiendo, exhortando, suplicando, procuraría, como debe, cumplir el encargo que Dios le ha encomendado, que es mirar por la salvación eterna de los hombres.
Pero siempre es verdad que libertad semejante, concedida indistintamente a todos y para todo, nunca, como hemos repetido varias veces, se ha de buscar por sí misma, por ser repugnante a la razón que lo verdadero y lo falso tengan igual derecho.” (Enc. Libertas).
8. ¿Estamos obligados a creer que todos los que profesan una religión falsa se condenarán?
Sólo los que son culpables se condenan, y éstos son:
1º Los que viven en oposición con la sana razón moral.
2º Los que se separan a sí mismos de la doctrina católica, porque Jesucristo nos dice: “El que no creyere se condenará.”
3º Los que habiendo nacido en el error dudan, y no quieren instruirse para conocer la verdadera religión, porque no sirven a Dios con convicción o buena fe, y no hacen lo que pueden y deben para conocer la voluntad de Dios.
9. ¿Podemos esperar que los disidentes se salven? Llamamos disidentes a las sectas que se han separado de la Iglesia Católica. Es de advertir que su religión se compone de verdades y errores mezclados.
Lo que tienen de verdad es aquello que han conservado de la Iglesia Católica; lo que tienen de falso es la doctrina en que se separan de la Iglesia Romana.
Generalmente han conservado el sacramento del bautismo; bautizan a los hijos, y así se salvan sus párvulos, cuando mueren antes de haber perdido la gracia; acuden a la oración y observan la ley del domingo. Tienen los libros sagrados, aunque no todos.
Pero para estar en la verdad, les falta lo principal. ¿Cuál es la parte principal?
Es la Iglesia con su enseñanza viva e infalible. Ella es, según San Pablo, “Columna de la verdad”; con ella está Jesucristo “hasta la consumación de los siglos”. Hecha esta explicación, contestamos la pregunta:
Podemos esperar que los disidentes se salven cuando concurren las condiciones siguientes:
1º Cuando están fuera de la Iglesia sin su culpa.
2º Si observan la ley natural, y siguen las verdades reveladas que tienen.
3º Si se arrepienten debidamente de sus culpas, y si Dios les concede la gracia sobrenatural, sin la cual nadie puede salvarse.
10. ¿Cuál es la conducta que los católicos deben observar con los disidentes? Debemos: 1º Evitar sus errores, pero no odiar sus personas. 2º Atraerlos a la verdad con prudencia y caridad, particularmente por medio del buen ejemplo.
Además, no debemos olvidar que aquellos católicos que no lo son más que en el nombre, por cuanto jamás cumplen con los preceptos y las prácticas de nuestra santa religión, y mucho más aquellos que atacan a la Iglesia, ya en su fe, ya en su autoridad y pastores, son infinitamente más culpables que los disidentes que han nacido en el error; éstos serán un día los jueces de los que, teniendo la verdad, la desprecian y ultrajan. A estos católicos apóstatas se debe aplicar la palabra de Nuestro Señor: “En el día del juicio será más tolerable la suerte de la tierra de Sodoma y Gomorra.” (S. Mat. 10, 15).
COROLARIO
Observación previa: lo que hemos dicho de cultos y religiones falsas se aplica a todas las doctrinas que pugnan con la enseñanza católica, como igualmente a las sociedades que se oponen a la Iglesia, y están por lo mismo condenadas por Ella, como son en especial las sectas masónicas, y en general todas las sociedades secretas.
De lo dicho en lo anterior se desprenden las consecuencias siguientes:
 Sola la verdadera religión debe gozar de libertad en el sentido pleno de esta palabra.
 En una nación católica no puede ser permitido que se enseñe una religión falsa y se destruya la unidad religiosa, estableciendo libertad de cultos; que esto sería autorizar la pérdida del bien supremo que tiene un pueblo en la posesión de la religión verdadera.
Por la misma razón, ningún gobierno, sea católico, sea protestante, puede autorizar ni aun tolerar la libre propagación de escritos inmorales o que niegan la existencia de Dios y sus divinos atributos, o los preceptos del decálogo; porque esta tolerancia sería cooperar a la ruina moral de la sociedad.
 Cuando de hecho existen en un pueblo sociedades religiosas disidentes, sus adeptos deben ser tolerados en su creencia y en sus prácticas, en cuanto estas no sean contrarias a la ley natural. La razón de esta tolerancia es, que sólo Dios puede juzgar de la culpabilidad de los que han nacido en el error. A esto se añade que esta tolerancia es aconsejada por la prudencia práctica, como necesaria para evitar una conflagración social entre los ciudadanos que pertenecen a distintas religiones.
 Cuando las leyes de un pueblo se hallan inficionadas de errores que la Iglesia condena, o también cuando de hecho existen abusos evidentes y costumbres o usos no conformes con la verdadera moral, la Iglesia tolera muchas veces estos males, a fin de no irritarlos y hacerlos mayores.
Puesta en esta triste necesidad calla, pero no aprueba. Así lo expresa el Papa León XIII en las palabras siguientes:
“A pesar de todo, la Iglesia se hace cargo maternalmente del grave peso de la humana flaqueza y no ignora el curso de los ánimos y de los sucesos, por donde va pasando nuestro siglo. Por esta causa, y sin conceder el menor derecho, sino sólo a lo verdadero y honesto, no rehúye que la autoridad pública soporte algunas cosas ajenas de verdad y justicia, con motivo de evitar un mal mayor o de adquirir o conservar mayor bien.
Aun el mismo providentísimo Dios, con ser de infinita bondad y todopoderoso, permite que haya males en el mundo, parte para que no se impidan mayores bienes, parte para que no se sigan mayores males. Justo es imitar en el gobierno de la sociedad al que gobierna el mundo; y aun por lo mismo que la autoridad humana no puede impedir todos los males, debe conceder y dejar impunes muchas cosas, que han de ser, sin embargo, castigadas por la divina Providencia, y con justicia”.
 Si se tratara de la inmigración de extranjeros disidentes, la cual como consecuencia inevitable traería consigo el establecimiento de cultos y religiones que la Iglesia reprueba, se debería examinar si el adelanto material que se espera de la inmigración, compensa la pérdida de la unidad religiosa, fijando la atención en lo que dice el Papa León XIII:
“La Iglesia, sin conceder el menor derecho sino sólo a lo verdadero y honesto, no rehúye que la autoridad pública soporte algunas cosas ajenas de verdad y justicia, con motivo de evitar un mal mayor o de adquirir o conservar mayor bien” (Enc. Libertas).
Finalmente, no está de más observar aquí, que el liberalismo, el cual alzará el grito contra estos principios, y habla de libertad para todos, de hecho no concede ni libertad ni tolerancia a la Iglesia, pues doquiera que reina libremente, no permite ni tolera que se enseñe la religión a los niños en las escuelas públicas, y para que todos tengan que concurrir a sus escuelas ateas, expulsa violentamente a la Iglesia y sus ministros de los establecimientos de enseñanza. Testigos la Francia de hoy, y varias repúblicas sudamericanas.

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